Normatividad por COVID-19.
BOLETIN JURIDICO Nº 04- 2020
Oficina Jurídica de la Contraloría Departamental del Valle del Cauca.
MEDIDAS TOMADAS POR EL GOBIERNO NACIONAL TRAS LA PANDEMIA POR COVID 19
Tabla de contenido
1. EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA.. 2
5. TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES. 29
DISPOSICIONES SOBRE LOS SERVICIOS. 29
6. SERVICIOS PÚBLICOS Y DOMICILIARIOS. 31
7. SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL. 33
13. ENTIDADES TERRITORIALES. 38
1.EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA
SE DECLARA ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL
La Presidencia de la República expide Decreto 417 de 2020, “Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio Nacional.”
Fuente: Decreto 417-2020
EL GOBIERNO NACIONAL EXTIENDE EL AISLAMIENTO PREVENTIVO OBLIGATORIO DE TODAS LAS PERSONAS HABITANTES DE REPÚBLICA DE COLOMBIA HASTA EL 27 DE ABRIL
El Ministerio de Interior expidió decreto “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público.”
Fuente: Decreto 531-2020
INSTRUCCIONES PARA EXPEDIR NORMAS EN MATERIA DE ORDEN PÚBLICO
El Ministerio del Interior expidió Decreto “Por el cual se imparten instrucciones para expedir normas en materia de orden público en virtud de la emergencia sanitaria generada por la Pandemia – COVID19.”
Fuente: Decreto 420-2020
GARANTÍAS PARA LA EJECUCIÓN DE LA MEDIDA DE AISLAMIENTO PREVENTIVO OBLIGATORIO.
El Ministerio del Interior expidió Decreto “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus - COVID19, y el mantenimiento del orden público.”
Fuente: Decreto 457-2020
SE MODIFICA EL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO 531 DE 9 DE ABRIL DE 2020.
El Ministerio de Interior expidió decreto “Por el cual se modifica el Decreto 531 del 8 de abril de 2020 en el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público.”
Fuente: Decreto 536-2020
SE ORDENA EL AISLAMIENTO PREVENTIVO OBLIGATORIO A PARTIR DE LAS CERO HORAS (00:00 A.M.) DEL DÍA 27 DE ABRIL DE 2020, HASTA LAS CERO HORAS (00:00 A.M.) DEL DÍA 11 DE MAYO DE 2020.
El Ministerio de Interior expidió decreto “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público.”
Fuente: Decreto 593 -2020
SE DECLARA ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL
La Presidencia de la República expide decreto “Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio Nacional”.
Fuente: Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 de la Presidencia de la República.
POR EL CUAL SE IMPARTEN INSTRUCCIONES EN VIRTUD DE LA EMERGENCIA SANITARIA GENERADA POR LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS COVID-19, Y EL MANTENIMIENTO DEL ORDEN PÚBLICO.
El Ministerio del Interior expide decreto “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público”.
Fuente: Decreto 749 del 28 de mayo de 2020 del Ministerio del Interior
NUEVAS INSTRUCCIONES PARA MITIGAR LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID19.
El Ministerio del Interior expide decreto “Por el cual se modifica el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020 "Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del, Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden pu?blico".
Fuente: Decreto 847 del 14 de junio de 2020 del Ministerio del Interior
NUEVAS INSTRUCCIONES PARA MITIGAR LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID19.
Por el cual se modifica y prorroga la vigencia del Decreto 749 del 28 de mayo de 2020 "Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público", modificado por el Decreto 847 del 14 de junio de 2020
Fuente: Decreto 878 del 25 de junio de 2020 del Ministerio del Interior
2.TRIBUTARIO NACIONAL
PRESENTACIÓN LAS DECLARACIONES Y LOS PLAZOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN EL AÑO 2020, DE LOS IMPUESTOS ADMINISTRADOS POR LA DIAN
Modificación de los arts. 1.6.1.13.2.1. y 1.6.1.13.2.5. de la Sección 2 Cap. 13 Título 1 Parte 6 del Libro 1 del D. 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.
Fuente: Decreto 401 del 13 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20401%20DEL%2013%20DE%20MARZO%20DE%202020.pdf
SE AMPLÍA PLAZO DE PRESENTACIÓN Y PAGO DE LA CONTRIBUCIÓN PARAFISCAL PARA LA PROMOCIÓN DEL TURISMO
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expide proyecto de decreto “Por el cual se establece un beneficio en la presentación y pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo para mitigar los efectos económicos del Coronavirus COVID-19 en el territorio nacional.”
Fuente: Decreto 397 del 13 de marzo de 2020 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN SUSPENDE TÉRMINOS POR MOTIVOS
DE EMERGENCIA SANITARIA EN TODO
EL TERRITORIO NACIONAL
Por la cual se suspenden los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria, en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, como medida transitoria por motivos de salubridad pública.
Fuente: Resolución 000022 del 18 de marzo de 2018 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resolución%20000022%20de%2018-03-2020.pdf
MODIFICACIONES EN LOS PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide Decreto “Por el cual se modifican y adicionan artículos de la Sección 2 del Capítulo 13 Título 1 Parte 6 Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.”
Fuente: Decreto 435 del 19 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
MEDIDAS TRIBUTARIAS TRANSITORIAS DENTRO DEL ESTADO DE EMERGENCIA.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide Decreto “Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de conformidad con el Decreto 417 de 2020.”
Fuente: Decreto 438 del 19 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
LIQUIDACIÓN ADICIONAL DEL IMPUESTO DE RENTA
Y COMPLEMENTARIOS DE INSTITUCIONES FINANCIERAS
EL Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide Decreto “Por medio del cual se reglamenta el parágrafo 7 del artículo 240 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 92 de la Ley 2010 de 2019 y se adicionan los artículos 3.2.17., 3.2.18., 3.2.19., 3.2.20., 3.2.21. Y 3.2.22. a la Parte 2 del Libro 3 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.”
Fuente: Decreto 456 del 21 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
PUNTOS DE CONTACTO DE LA DIAN ATENDERÁN VIRTUALMENTE
A partir del jueves 19 de marzo, los Puntos de Contacto de la DIAN estarán cerrados, sin embargo, se tomarán las siguientes medidas:
1. Los trámites de Inscripción o Actualización RUT Persona Natural y Jurídica serán atendidos de manera virtual (...)
2. Los trámites y servicios de Retiro de IVA a no responsable, Retiro de Consumo a No responsable Consumo Restaurantes y Bares, Cancelación de la Inscripción en el RUT, Orientación TAC y Libros de Contabilidad serán suspendidos a partir del jueves 19 de marzo.
3. Los ciudadanos clientes que tengan cita programada a partir del jueves 19 de marzo, serán contactados por la DIAN. No es necesario que se acerquen a los puntos de contacto para la gestión del trámite.
Fuente: Comunicado de prensa DIAN 22 del 18 de marzo de 2020
https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NG-Comunicado-de-Prensa-22.aspx
CRITERIOS PARA EL RECONOCIMIENTO Y PAGO DE UNA COMPENSACIÓN A FAVOR DE LA POBLACIÓN MÁS VULNERABLE
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió decreto “Por el cual se reglamenta el artículo 21 de la Ley 2010 de 2019 y se adiciona el Capítulo 19 al Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria.”
Fuente: Decreto 419 del 19 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
NUEVOS PLAZOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS.
Mediante el Decreto 435 del 19 de marzo de 2020, el Gobierno Nacional modificó algunas de las fechas del calendario tributario para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, decisión que hace parte de las medidas tomadas como consecuencia de la declaratoria de emergencia sanitaria por la pandemia declarada por la OMS del coronavirus – COVID19.
Fuente: Comunicado de prensa DIAN 023 del 20 de marzo de 2020
https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NG-Comunicado-de-Prensa-No-23-2020.aspx
DESTINACIÓN TRANSITORIA DE LOS RECURSOS
SE LA CONTRIBUCIÓN PARAFISCAL DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE ARTES ESCÉNICAS
El Ministerio de Cultura expidió decreto “Por el cual se dictan medidas especiales relacionadas con el sector Cultura dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto 475 del 25 de marzo de 2020 del Ministerio de Cultura
https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20475%20DEL%2025%20DE%20MARZO%20DE%202020.pdf
MODIFICACIÓN A LOS PLAZOS ESTABLECIDOS PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA Y CAMBIARIA
La DIAN expide Resolución “Por la cual se modifican los plazos definidos en el artículo 45 de Resolución 011004 del 29 de octubre de 2018, modificado y adicionado por el artículo 15 de la Resolución 000008 del 31 de enero de 2020; en el artículo 42 de la Resolución 000070 del 28 de octubre de 2019, y en el artículo 4 de las Resoluciones 9147, 9148 y 9149 de 2006, establecidos para la presentación de información tributaria y cambiaria ante la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.”
Fuente: Resolución 000027 del 25 de marzo de 2020 de la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resolución%20000027%20de%2025-03-2020.pdf
REGLAMENTACIÓN Y DEFINICIONES
DE LOS COMPUTADORES PERSONALES PARA EFECTOS DE LA EXCLUSIÓN DEL IVA
El Ministerio de Hacienda expide Decreto “Por el cual se reglamenta el numeral 5 del artículo 424 del Estatuto Tributario y se modifica el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para adicionar los artículos 1.3.1.12.21, 1.3.1.12.22 y 1.3.1.12.23 al capítulo 12 del título 1 parte 3 del libro 1.”
Fuente: Decreto 478 del 25 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20478%20DEL%2025%20DE%20MARZO%20DE%202020.pdf
PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN Y TRANSFERENCIA DEL IMPUESTO NACIONAL CON DESTINO
AL TURISMO COMO INVERSIÓN SOCIAL
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió circular No. 014 de 30 de marzo de 2020 por medio la cual se establece el Procedimiento de declaración y transferencia del Impuesto nacional con destino al turismo como inversión social.
Fuente: Circular 014 del 30 de marzo de 2020 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
SE MODIFICA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN 0030 DE 29 DE MARZO DE 2020 POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS DE URGENCIA PARA GARANTIZAR LA ATENCIÓN Y LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POR LA DIAN
La DIAN expidió resolución “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0030 de 29 de marzo de 2020 por medio de la cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales– DIAN, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Resolución 031 del 3 de abril de 2020 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resolución%20000031%20de%2003-04-2020.pdf
SE SUSPENDEN TÉRMINOS EN PROCESOS Y ACTUACIONES PARAFISCALES DE LA UGPP
La UGPP expide resolución “Por la cual se suspenden términos en procesos y actuaciones para fiscales de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Para fiscales de la Protección Social (UGPP) como medida transitoria por motivos de emergencia sanitaria.”
Fuente: Resolución 385 del 1 de abril de 2020 de la UGPP
SE MODIFICA EL CALENDARIO TRIBUTARIO EN COLOMBIA EN EL MARCO DEL ESTADO DE EMERGENCIA
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el decreto
“Por el cual se modifican y adicionan artículos de la Sección 2 del Capítulo 13 Título 1 Parte 6 Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.”
Fuente: Decreto 520 del 6 de abril de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
SE INTERPRETA POR PARTE DE LA DIAN LA APLICACIÓN DEL DECRETO 520 DE 2020
La Subdirección de Gestión de Normativa y Doctrina de la DIAN emitió oficio mediante el cual interpreta la aplicación del Decreto 520 de 2020.
Fuente: Oficio 000411 de abril de 2020 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
LA DIAN DA CONTINUIDAD CON EL TRABAJO EN CASA PARA TODOS SUS FUNCIONARIOS HASTA EL 26 DE ABRIL
La DIAN expidió resolución “Por la cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Resolución 0032 del 8 de abril de 2020 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resolución%20000032%20de%2008-04-2020.pdf
ESTARÁN EXENTOS DEL GMF LOS RETIROS QUE REALICEN LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PERTENECIENTES AL RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL DE LAS CUENTAS CORRIENTES Y/O DE AHORRO
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió decreto legislativo
“Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en relación con el gravamen a los movimientos financieros a cargo de las entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al Régimen Tributario Especial y el impuesto sobre las ventas en las donaciones de ciertos bienes corporales muebles, en el marco del Estado de Emergencia Económico, Social y Ecológico.”
Fuente: Decreto Legislativo 530 del 8 de abril de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
SE AUTORIZARÁ LA DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN LOS RESPECTIVOS SALDOS A FAVOR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABREVIADO DENTRO DE LOS QUINCE (15) DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió decreto legislativo
“Por el cual se adoptan medidas para establecer un procedimiento abreviado de devolución y/o compensación de saldos a favor de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y del impuesto sobre las ventas -IVA, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 535 del 10 de abril de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
SE HAN DISPUESTO BUZONES VIRTUALES PARA RADICAR DOCUMENTOS ANTE LA DIAN EN CADA CIUDAD
Las Direcciones Seccionales informan a la ciudadanía que se han dispuesto buzones virtuales para radicar documentos ante la DIAN en cada ciudad, por favor escannearlos y enviarlos al buzón de su respectiva Seccional.
Fuente: Comunicado de prensa del 13 de abril de 2020 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NS-En-las-Direcciones-Seccionales-de-la-DIAN.aspx
ESTARÁN EXENTOS DEL IVA, ALGUNOS BIENES SANITARIOS EN LA IMPORTACIÓN Y EN LAS VENTAS EN EL TERRITORIO NACIONAL SIN DERECHO
A DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió decreto legislativo
“Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 551 del 15 de abril de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
A PARTIR DEL 1 DE MAYO HASTA EL 31 DE JULIO, SE CREA EL IMPUESTO SOLIDARIO POR EL COVID 19.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el decreto legislativo “Por el cual se crea el impuesto solidario por el COVID 19, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica dispuesto en el Decreto Legislativo 417 de 2020.”
Fuente: Decreto Legislativo 568 del 15 de abril de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20568%20DEL%2015%20DE%20ABRIL%20DE%202020.pdf
EXCLUSIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS - IVA AL SERVICIO DE GARANTÍAS OTORGADO POR EL FONDO AGROPECUARIO DE GARANTÍAS - FAG.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió decreto legislativo
“Por el cual se establecen medidas de carácter tributario en relación con el Fondo Agropecuario de Garantías, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020.”
Fuente: Decreto Legislativo 573 del 15 de abril de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
LINEAMIENTOS PARA LA RADICACIÓN DE SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN, CON OCASIÓN DE LA DECLARATORIA DE LA EMERGENCIA SANITARIA EN LA RESOLUCIÓN 385 DEL 12 DE MARZO DE 2020
La Dirección de Gestión de Ingresos de la DIAN expidió circular externa mediante la cual se da alcance a la Circular Externa de la Dirección de Gestión de Ingresos Número 000005 del 16 de abril de 2020.
Fuente: Circular Externa 000006 del 18 de abril de 2020 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Circular%20000006%20de%2018-04-2020.pdf
LINEAMIENTOS PARA GARANTIZAR LA ATENCIÓN
Y LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POR PARTE
DE LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN CON OCASIÓN DE LA DECLARATORIA DE LA EMERGENCIA SANITARIA
La Dirección de Gestión de Ingresos de la DIAN expidió circular interna mediante la cual se establecen los lineamientos para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Entidad, con ocasión de la Declaratoria de la Emergencia Sanitaria en la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social; y el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el Territorio Nacional, en aplicación del Decreto Legislativo 491 de 2020, Decreto 535 del 10 de abril de 2020, y las Resoluciones 000030 y 000031 de 2020 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Fuente: Circular Interna 00013 del 18 de abril de 2020 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES SE PRONUNCIA RESPECTO A LA APLICACIÓN
DEL DECRETO LEGISLATIVO 568 DE 2020.
La Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina de la DIAN emitió oficio mediante el cual interpreta la aplicación del Decreto 568 de 2020.
Fuente: Oficio 469 de abril de 2020 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
https://cijuf.org.co/normatividad/oficio/2020/oficio-469.html
EL CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA EMITIÓ IDEAS FISCALES EN ÉPOCA DE CORONAVIRUS
El día 8 de abril mediante reunión virtual el Consejo Técnico de la Contaduría Pública consolidó una serie de ideas fiscales orientadas a la presentación de declaraciones tributarias, sanciones, mecanismo para el pago del IVA, tasas de interés, aplazamiento de obligaciones tributarias entre otras.
Fuente: Ideas fiscales en época del coronavirus del 8 de abril de 2020 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública
https://www.consultorcontable.com/ideas-fiscales-ctcp/
LA DIRECCIÓN SECCIONAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DISPUSO BUZONES DE CORREO ELECTRÓNICO, PARA REALIZAR LA RECEPCIÓN DE LAS SOLICITUDES DE LOS CONTRIBUYENTES
Entre las estrategias de atención no presencial, la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá dispuso buzones de correo electrónico, para realizar la recepción de las solicitudes de los contribuyentes, segmentando estos canales, de acuerdo con las necesidades de atención.
Fuente: Comunicado de prensa del 27 de abril de 2020 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
FORMULARIO PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN SIMPLE
La DIAN expide resolución “Por la cual se prescribe el formulario 2593 para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los contribuyentes y responsables del régimen SIMPLE en el año 2020 y siguientes.”
Fuente: Resolución DIAN 00035 del 22 de abril de 2020
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resolución%20000035%20de%2022-04-2020.pdf
REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN DE LA EXENCIÓN TRANSITORIA DEL IVA PARA LA IMPORTACIÓN Y VENTA DE BIENES E INSUMOS MÉDICOS NECESARIOS POR EMERGENCIA COVID-19.
En caso de incumplimiento, no aplicará el tratamiento tributario de bienes exentos de que trata el Decreto Legislativo 551 de 2020 y procederá la sanción señalada en el artículo 651 del Estatuto Tributario, según corresponda, y sin perjuicio de las facultades de la Administración Tributaria consagradas en los artículos 684 (facultades de fiscalización e investigación) y 869 (abuso en materia tributaria) del Estatuto Tributario.
Fuente: Concepto DIAN 100208221-485 del 28 de abril de 2020
MEDIDAS PARA LA CONTINUIDAD DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA DIAN.
La DIAN expide resolución “Por la cual se da continuidad a medidas de protección y urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada en todo el territorio nacional.”
Fuente: Resolución DIAN 00037 del 24 de abril de 2020
BENEFICIARIOS DE LA COMPENSACIÓN DEL IVA A LOS HOGARES MÁS VULNERABLES.
El Departamento Nacional de Planeación expide resolución “Por la cual se establecen los beneficiarios de la compensación del impuesto sobre las ventas – IVA y se adopta el Manual Operativo Esquema de compensación del IVA a hogares más vulnerables.”
Fuente: Resolución 1058 del 27 de marzo de 2020 del Departamento Nacional de Planeación
ACÓJASE A LOS BENEFICIOS DISPUESTOS POR LA LEY 2010 DE 2019
En medio de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) adelanta acciones de acercamiento y promoción para que los contribuyentes que pueden acceder al principio de favorabilidad en la etapa de cobro, benefi cio contemplado en la Ley 2010 de 2019, se pongan al día en sus obligaciones, ahorren intereses y accedan a acuerdos de pago hasta por doce (12) meses, con el cumplimiento de los requisitos del artículo 814 del Estatuto Tributario.
Fuente: Comunicado de prensa DIAN 31 del 6 de mayo de 2020
https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NG-Comunicado-de-Prensa-31-2020.aspx
MEDIDAS DE URGENCIA PARA GARANTIZAR
LA ATENCIÓN Y LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POR PARTE DE LA DIAN
La DIAN expide resolución “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0030 de 29 de marzo de 2020 por medio de la cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.
Fuente: Resolución DIAN 00041 del 5 de mayo de 2020
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resolución%20000041%20de%2005-05-2020.pdf
MEDIDAS DE URGENCIA PARA GARANTIZAR LA ATENCIÓN Y LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA DIAN
La DIAN expide resolución “Por la cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.
Fuente: Resolución DIAN 00030 del 29 de marzo de 2020
APLICACIÓN DEL IMPUESTO SOLIDARIO POR EL COVID 19 EN CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESTIÓN PÚBLICA
I. Consideraciones en relación con los elementos del tributo
Cuando una persona natural esté vinculada mediante 2 o más contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública, se deberán tener en cuenta la totalidad de los pagos o abonos en cuenta para efectos de determinar la sujeción pasiva, el hecho generador, la base gravable y la tarifa. Respecto a la base gravable, solamente se podrá detraer el primer millón ochocientos mil pesos sobre la totalidad de los pagos o abonos en cuenta, mensuales periódicos, a favor de la persona natural, sin consideración si dichos pagos o abonos en cuenta se originan en uno o varios contratos. Esto es, no es posible detraer un millón ochocientos mil pesos por cada contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública.
(...)
II. Consideraciones en relación con la retención en la fuente a título del impuesto solidario por el COVID 19
Cuando una persona natural esté vinculada mediante 2 o más contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública, los agentes de retención deberán determinar, de conformidad con la información del SECOP, si procede la retención en la fuente a título del impuesto solidario por el COVID 19, y validar con el sujeto pasivo y con las demás entidades públicas la información.
Una vez se valide si procede la retención en la fuente a título del impuesto solidario por el COVID 19, cada agente de retención deberá practicar la retención en la fuente en la proporción que le corresponda. Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, este Despacho expondrá algunos ejemplos de la manera como se determina el impuesto solidario por el COVID 19, cuando se trate de personas naturales vinculadas mediante 2 o más contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública.
Fuente: Concepto DIAN 100208221- 513 del 6 de mayo de 2020
DESARROLLO DE LOS SISTEMAS DE FACTURACIÓN, LOS PROVEEDORES TECNOLÓGICOS, EL REGISTRO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA COMO TÍTULO VALOR Y ANEXO TÉCNICO DE FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA
La DIAN expide resolución “Por la cual se desarrollan los sistemas de facturación, los proveedores tecnológicos, el registro de la factura electrónica de venta como título valor, se expide el anexo técnico de factura electrónica de venta y se dictan otras disposiciones en materia de sistemas de facturación”.
Fuente: Resolución DIAN 00042 del 5 de mayo de 2020
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resolución%20000042%20de%2005-05-2020.pdf
MODIFICACIÓN DE LAS FECHAS DE PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide decreto “Por el cual se adiciona el parágrafo 5 al artículo 1.6.1.13.2.12. de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”.
Fuente: Decreto 655 del 13 de mayo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
TRANSFERENCIA MONETARIA A BENEFICIARIOS
DE LOS PROGRAMAS FAMILIAS EN ACCIÓN, PROTECCIÓN SOCIAL AL ADULTO MAYOR - COLOMBIA MAYOR
Y JÓVENES EN ACCIÓN
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide decreto legislativo
“Por el cual se entrega una transferencia monetaria no condicionada, adicional y extraordinaria en favor de los beneficiarios de los programas Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor - Colombia Mayor y Jóvenes en Acción y se dictan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.
Fuente: Decreto Legislativo 659 del 13 de mayo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20659%20DEL%2013%20DE%20MAYO%20DE%202020.pdf
MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA OPERACIÓN DE LOS MEDIOS ABIERTOS RADIODIFUNDIDOS
Y LA TELEVISIÓN COMUNITARIA POR EMERGENCIA POR COVID-19
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide decreto “Por el cual se disponen medidas para garantizar la operación de los medios abiertos radiodifundidos y la televisión comunitaria en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional”.
Fuente: Decreto 658 del 13 de mayo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
MEDIDAS SOBRE EL PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO FORMAL – PAEF
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide decreto legislativo
“Por el cual se modifica el Decreto Legislativo 639 del 8 de mayo de 2020 y se disponen medidas sobre el Programa de Apoyo al Empleo Formal- PAEF, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 de 2020”.
Fuente: Decreto Legislativo 677 del 19 de mayo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20677%20DEL%2019%20DE%20MAYO%20DE%202020.pdf
MEDIDAS PARA LA GESTIÓN TRIBUTARIA, FINANCIERA Y PRESUPUESTAL DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide decreto legislativo
“Por medio del cual se establecen medidas para la gestión tributaria, financiera y presupuestal de las entidades territoriales, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 de 2020”.
Fuente: Decreto Legislativo 678 del 20 de mayo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20678%20DEL%2020%20DE%20MAYO%20DE%202020.pdf
EXENCIÓN ESPECIAL DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS PARA EL AÑO 2020
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide decreto legislativo
“Por el cual se establece la exención especial del impuesto sobre las ventas para el año 2020 y se dictan otras disposiciones con el propósito de promover la reactivación de la economía colombiana, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretado por el Decreto 637 de 2020.”
Fuente: Decreto Legislativo 682 del 21 de mayo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
MEDIDAS TRIBUTARIAS TRANSITORIAS EN EL MARCO DEL ESTADO DE EMERGENCIA
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide decreto legislativo
“Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de conformidad con el Decreto 637 de 2020”.
Fuente: Decreto Legislativo 688 del 22 de mayo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
DIAN ADOPTA NUEVAS MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA ATENCIÓN Y LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La DIAN expide resolución “Por la cual se da continuidad a medidas de protección y urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada en todo el territorio nacional.”
Fuente: Resolución DIAN 00052 del 22 de mayo de 2020
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resolución%20000052%20de%2022-05-2020.pdf
SE PRORROGAN LAS MEDIDAS EN VIRTUD
DE LA EMERGENCIA POR COVID Y EL MANTENIMIENTO DEL ORDEN PÚBLICO HASTA 31 DE MAYO DE 2020
El Ministerio del Interior expide decreto “Por el cual se prorroga la vigencia del Decreto 636 del 6 de· mayo de 2020 “por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público”.
Fuente: Decreto 689 del 22 de mayo de 2020 del Ministerio del Interior
LAS PERSONAS NATURALES CUYAS PENSIONES ESTÉN SOMETIDAS AL TRATAMIENTO CONSAGRADO EN EL ARTÍCULO 206 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO, SON SUJETOS PASIVOS DEL IMPUESTO SOLIDARIO POR EL COVID 19.
Recientemente, el Consejo de Estado ha señalado que la asignación de retiro es una prestación de naturaleza económica de la cual se hacen acreedores al cese definitivo de la prestación de sus servicios. Esto es, la asignación de retiro resulta ser la consagración de un sistema pensional especial para la Fuerza Pública y, por lo tanto, una de las formas en que se materializa el derecho a la seguridad social del sector.
Fuente: Concepto DIAN 487 del 4 de mayo de 2020
https://pongasealdia.com/Normatividad/2020/DIAN/Concepto-00487.pdf
LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES SE PRONUNCIA RESPECTO A LA APLICACIÓN DEL DECRETO LEGISLATIVO 568 DE 2020.
De conformidad con el artículo 13 del Decreto Legislativo 568 de 2020, y teniendo en cuenta que son aplicables al impuesto solidario por el COVID 19 las disposiciones del impuesto sobre la renta que le sean compatibles, cuando se practiquen retenciones en la fuente en exceso o de lo no debido, se procederá de conformidad con el artículo 1.2.4.16 del Decreto 1625 de 2016.
Fuente: Concepto DIAN 469 del 23 de abril de 2020
https://www.dian.gov.co/normatividad/Documents/Concepto_Impuesto_COVID.pdf
SE MODIFICAN LOS PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA DEL AÑO GRAVABLE 2019.
La DIAN expide resolución “Por la cual se modifican los plazos establecidos para la presentación de información tributaria del año gravable 2019 ante la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN”.
Fuente: Resolución DIAN 00053 del 28 de mayo de 2020
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resolución%20000053%20de%2028-05-2020.pdf
SE MODIFICA EL PARÁGRAFO TRANSITORIO DEL ARTÍCULO 4 DE LA RESOLUCIÓN 9147 DEL 14 DE AGOSTO DE 2006, ADICIONADO POR EL ARTÍCULO 3 DE LA RESOLUCIÓN 00027 DE 2020.
La DIAN expide resolución “Por la cual se modifican los plazos para la presentación de la información exógena cambiaria, de nidos en los parágrafos transitorios del artículo 4 de las resoluciones 9147, 9148 y 9149 del 14 de agosto de 2006, adicionados por los artículos 3, 4 y 5 de la Resolución 00027 del 25 de marzo del 2020, de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN”.
Fuente: Resolución DIAN 00054 del 28 de mayo de 2020
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resolución%20000054%20de%2028-05-2020.pdf
CÁLCULO DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Y COMPLEMENTARIO PARA EL AÑO GRAVABLE 2020.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide Decreto “Por el cual se adicionan el parágrafo 4 al artículo 1.6.1.13.2.11., el parágrafo 5 al artículo 1.6.1.13.2.12. y el parágrafo 2 al artículo 1.6.1.13.2.15., a la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”.
Fuente: Decreto 766 del 29 de mayo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
3.JUDICIAL
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA SUSPENDE TÉRMINOS JUDICIALES POR MOTIVOS DE SALUBRIDAD PÚBLICA
Suspenden los términos judiciales en todo el país a partir del 16 y hasta el 20 de marzo de 2020, excepto en los despachos judiciales que cumplen la función de control de garantías y los despachos penales de conocimiento que tengan programadas audiencias con persona privada de la libertad, las cuales se podrán realizar virtualmente. Igualmente se exceptúa el trámite de acciones de tutela.
Fuente: Acuerdo PCSJA20-11517 del 15 de marzo de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/16MARZO/AcPCSJA20-11517_2020.pdf
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CIERRA SUS INSTALACIONES Y DECRETA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS HASTA EL 3 DE ABRIL.
Ante la delicada situación de salubridad pública generada por la expansión del coronavirus COVID-19 en Colombia y en el mundo, la Corte Suprema de Justicia decretó la suspensión de términos judiciales y el cierre de todas sus instalaciones hasta el próximo 3 de abril de 2020.
Fuente: Comunicado de prensa del 19 de marzo de 2020 de la Corte Suprema de Justicia https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/20MARZO/CompreCSJ1_2020.pdf
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA PRORROGA LA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS HASTA EL 3 DE ABRIL.
El Consejo Superior de la Judicatura expide acuerdo “Por medio del cual se prorroga la medida de suspensión de términos adoptada mediante los acuerdos PCSJA20-11517, PCSJA20-11518 y PCSJA20-11519 del mes de marzo del año 2020 y se adoptan otras medidas por motivos de salubridad pública.”
Fuente: Acuerdo PCSJA20-11521 del 19 de marzo de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura
LA SALA PLENA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL PODRÁ LEVANTAR LA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS JUDICIALES PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES.
El Ministerio de Justicia y del Derecho expide Decreto “Por el cual se dicta una medida para garantizar la continuidad de las funciones de la jurisdicción constitucional, en el marco de la emergencia social, económica y ecológica.”
Fuente: Decreto 469 del 23 de marzo de 2020 del Ministerio de Justicia y del Derecho
LA CORTE CONSTITUCIONAL INICIO CONTROL
CONSTITUCIONALIDAD DE LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL
La Corte Constitucional expide auto por el cual avoca conocimiento y solicita pruebas para “Revisión de constitucionalidad del Decreto legislativo 471 de 2020 “por el cual se declara un estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional.”
Fuente: Auto Ref.: Exp. RE 232 del 24 de marzo de 2020 de la Corte Constitucional, M.P. José Fernando Reyes Cuartas
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/27MARZO/CConst_C_232_19.pdf
DECRETOS DE EMERGENCIA POR COVID-19 SERÁN OBJETO DE CONTROL POR PARTE DEL CONSEJO DE ESTADO Y TRIBUNALES.
A pesar de la suspensión de términos en los procesos adelantados por la jurisdicción contencioso administrativa, el Consejo de Estado y los tribunales administrativos del país conocerán de los decretos de su competencia que dicten los gobiernos locales y Nacional en el marco de del estado de emergencia por COVID-19.
Fuente: Comunicado de prensa del 26 de marzo de 2020 del Consejo de Estado
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/27MARZO/CompreCE1_2020.pdf
SE EXCEPTÚAN DE LA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS LAS ACTUACIONES POR CONTROL DE LEGALIDAD QUE ADELANTEN EL CONSEJO DE ESTADO
Y LOS TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS
El Consejo Superior de la Judicatura expide acuerdo “Por el cual se establece una excepción a la suspensión de términos en el Consejo de Estado y en los tribunales administrativos.”
Fuente: Acuerdo PCSJA20-11529 del 25 de marzo de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/27MARZO/AcPCSJA20-11529_2020.pdf
SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS DEL TRÁMITE DE EXTRADICIÓN
El Ministerio de Justicia y del Derecho expidió decreto legislativo “Por el cual se dictan medidas especiales relacionadas con el sector Justicia y del Derecho en materia de extradición, con ocasión del “Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” declarada en todo el territorio nacional, derivada de la Pandemia COVID-19.”
Fuente: Decreto 487 del 27 de marzo de 2020 del Ministerio de Justicia y del Derecho
LA SALA PLENA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL ESTABLECIÓ LAS MEDIDAS PROVISIONALES A FAVOR DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD
EN CENTROS DE DETENCIÓN TRANSITORIA
(...) la Sala Plena de la Corte Constitucional ordenó, con efectos inter comunis, una serie de medidas provisionales con el fin de proteger los derechos fundamentales de las personas que se encuentran privadas de la libertad en centros de detención transitoria a cargo de entidades como la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Las medidas ordenadas se concentran en solventar concretamente dos problemáticas que son circunstancias agravantes ante la pandemia de COVID-19: (i) la atención en salud a las personas privadas de la libertad en centros de detención transitoria, sobre quienes, de acuerdo con el conocimiento de la Corte, no se han adoptado medidas concretas; (ii) y el suministro de agua potable y alimentos.
Fuente: Comunicado de prensa No. 15 de la Corte Constitucional del 26 de marzo de 2020 – Expediente T-6.720.290 – Auto 110/20
PRORROGAN SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS JUDICIALES EN EL TERRITORIO NACIONAL, DESDE EL 13 DE ABRIL HASTA EL 26 DE ABRIL DE 2020
El Consejo Superior de la Judicatura expidió acuerdo “Por medio del cual se prorrogan las medidas de suspensión de términos, se amplían sus excepciones y se adoptan otras medidas por motivos de salubridad pública.”
Fuente: Acuerdo PCSJA20-11532 del 11 de abril de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/13ABRIL/AcPCSJA20-11532_2020.pdf
SE DISPONEN LAS MEDIDAS DE PRISIÓN DOMICILIARIA TRANSITORIAS CON FIN EVITAR EL CONTAGIO
DE LA ENFERMEDAD CORONAVIRUS DEL COVID-19
El Ministerio de Justicia y Derecho expidió decreto legislativo “Por medio del cual se adoptan medidas para sustituir la pena de prisión y la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimientos penitenciarios y carcelarios por la prisión domiciliaria y la detención domiciliaria transitorias en el lugar de residencia a personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad frente al COVID-19, y se adoptan otras medidas para combatir el hacinamiento carcelario y prevenir y mitigar el riesgo de propagación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 546 del 14 de abril de 2020 del Ministerio de Justicia y del Derecho
SUSPENSIÓN TÉRMINOS DE PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD
El Ministerio de Justicia y del Derecho expidió decreto legislativo “Por el cual se adoptan medidas para la garantía de los derechos de los usuarios del sistema de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 564 del 15 de abril de 2020 del Ministerio de Justicia y del Derecho
SE INVISTE DE FUNCIONES JURISDICCIONALES A LOS PROCURADORES JUDICIALES FAMILIA PARA CONOCER LOS PROCESOS ADOPCIÓN
El Ministerio de Justicia y Derecho expidió decreto legislativo “Por el cual se adoptan medidas para proteger los derechos fundamentales de los niños, las niñas y los adolescentes y se asignan a los procuradores judiciales de familia funciones para adelantar los procesos de adopción, como autoridades jurisdiccionales transitorias, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 567 del 15 de abril de 2020 del Ministerio de Justicia y Derecho https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/20ABRIL/DeLMINJUSTICIA00567_2020.pdf
POR URGENCIA DE ADOPTAR DECISIONES
PARA LA PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES, LA CORTE CONSTITUCIONAL LEVANTARÁ TÉRMINOS JUDICIALES SUSPENDIDOS
La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió levantar términos judiciales para admitir demandas de inconstitucionalidad y la revisión de acciones de tutela que cumplan criterios específicos.
Fuente: Boletín 49 del 17 de abril de 2020 de la Corte Constitucional
LA SALA ESPECIAL DE DECISIÓN NO. 4 DEL CONSEJO DE ESTADO AVOCÓ CONOCIMIENTO EN ÚNICA INSTANCIA, EN VÍA DEL CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD
DE LA RESOLUCIÓN NO. 2013 DE 2020
Se procede a avocar el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución No. 2013 de 2020, expedida por el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, “Por la cual se adoptan medidas de contención y prevención del COVID-19 al interior de la entidad” expedida por el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN y conforme a lo dispuesto en los artículos 136 y 185 del CPACA.
Fuente: Radicado 11001-03-15-000-2020-01166-00 del 22 de abril de 2020 de la Sala especial de decisión No. 4. Consejo de Estado
PROTOCOLO DE ACCESO A SEDES - MEDIDAS COMPLEMENTARIAS PARA PREVENCIÓN DEL CONTAGIO DEL COVID-19 EN LOS SERVIDORES JUDICIALES, CONTRATISTAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Y JUDICANTES
El Consejo de Estado expide circular por la cual se establecen reglas en consideración a las prórrogas de las medidas de aislamiento preventivo obligatorio establecidas por el Gobierno Nacional, la vigencia de la emergencia sanitaria y previendo la necesidad de que servidores judiciales, contratistas de prestación de servicios y judicantes deban asistir a sus sitios de trabajo.
Fuente: Circular DEAJC20-35 del 5 de mayo de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA PRORROGA LA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS Y AMPLÍA
LAS EXCEPCIONES
El Consejo Superior de la Judicatura expide acuerdo “Por medio del cual se prorroga la suspensión de términos, se amplían sus excepciones y se adoptan otras medidas por motivos de salubridad pública y fuerza mayor”.
Fuente: Acuerdo PCSJA20-11556 del 22 de mayo de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MAYO/26MAYO/AcCSJPCSJA20-11556_2020.pdf
LA DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA EN COLOMBIA ESTÁ AJUSTADO A LA CONSTITUCIÓN
Bajo este entendido, para la Corte Constitucional no cabe duda de que las dimensiones de la calamidad pública sanitaria y sus efectos en el orden económico y social son devastadoras, al producir perturbaciones o amenazas en forma grave e inminente que impactan de manera traumática y negativamente en la protección efectiva de los derechos constitucionales de millones de personas.
Fuente: Boletín 63 del 20 de mayo de 2020 de la Corte Constitucional
EL IMPUESTO SOLIDARIO POR COVID 19 LESIONÓ EL DERECHO FUNDAMENTAL AL MÍNIMO VITAL DE UN JUEZ DE LA REPÚBLICA.
Correspondió determinar sí la Dirección de Administración Judicial (Valle del Cauca, Sección Recursos Humanos – Nómina) al aplicar al abono en cuenta de los salarios el impuesto solidario COVID-19 durante los meses de mayo, junio y julio de 2020 del señor Víctor Guillermo Conde Tamayo, vulnera sus derechos fundamentales al Mínimo Vital individual y familiar, Igualdad y Debido Proceso y los de su núcleo familiar.
Fuente: Juzgado Segundo Administrativo de Oralidad de Santiago de Cali M.P. Cesar Augusto Saavedra Madrid, Sent. May, 21/2020, Exp. 76001- 33-33-002-2020-00063-00
ESE ADOPTAN MEDIDAS PARA IMPLEMENTAR LAS TICS EN LAS ACTUACIONESJUDICIALES
Por el cual se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
Fuente: Decreto Legislativo 806 del 04 de junio de 2020 del Ministerio de Justicia y Derecho
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA LEVANTA TÉRMINOS JUDICIALES
El Consejo Superior de la Judicatura expide acuerdo “Por el cual se dictan disposiciones especiales sobre el levantamiento de términos previsto en el Acuerdo PCSJA20-11567 de 2020”.
Fuente: Acuerdo PCSJA20-11556 del 27 de junio de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura
4.FINANCIERO
SUPERFINANCIERA EMITE MEDIDAS PARA DEUDORES AFECTADOS ECONÓMICAMENTE POR EL COVID-19
Y PARA GARANTIZAR LA PRESTACIÓN
DEL SERVICIO FINANCIERO
Las personas naturales y jurídicas que pertenezcan a los segmentos y sectores económicos afectados por la situación del COVID-19 podrán acordar con sus entidades financieras nuevas condiciones para sus créditos como por ejemplo periodos de gracia, aumento de plazos, entre otros aspectos. Los cambios en las condiciones iniciales de los créditos no tendrán efecto en la calificación del deudor, ni en la información sobre su comportamiento crediticio en las centrales de riesgo. Esta redefinición de las condiciones de los créditos aplica para créditos comerciales, microcréditos, consumo e hipotecarios, sin limitación del número de obligaciones. Las entidades financieras deberán evaluar caso a caso las mejores condiciones que permitan darle viabilidad financiera a los deudores.
Fuente: Comunicado de prensa del 17 de marzo de 2020 de la Superintendencia Financiera https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/18MARZO/CompreSUPERFINANCIERA2_2020.pdf
MODIFICACIONES A LA REGLAMENTACIÓN DEL FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS S.A. - FNG
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide Decreto “Por medio del cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el Fondo Nacional de Garantías S.A.”
Fuente: Decreto 466 del 23 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/25MARZO/DeMINTIC00466_2020.pdf
SE AUTORIZAN NUEVAS OPERACIONES A FINDETER Y BANCOLDEX
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide Decreto “Por el cual se autorizan nuevas operaciones a la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. - FINDETER y al Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. - BANCOLDEX, en el marco de la emergencia social, económica y ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020.”
Fuente: Decreto 468 del 23 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/25MARZO/DeMINHACIENDA00468_2020.pdf
BANCO DE LA REPÚBLICA RECORTÓ SU TASA
DE INTERÉS DE INTERVENCIÓN A 3,75% Y ADOPTÓ OTRAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS
La Junta considera que la reducción de la tasa de interés igualmente contribuirá a aliviar la carga financiera de los hogares y las empresas durante la actual coyuntura. En complemento a las medidas que se han adoptado con el fin de facilitar los pagos de la economía y el normal funcionamiento de los mercados de títulos públicos y privados en la coyuntura extraordinaria por la que pasa el país, la Junta Directiva autorizó (...)
Fuente: Comunicado de prensa del 27 de marzo de 2020 del Banco de la República de Colombia
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/27MARZO/CompreBanRep1_2020.pdf
MEDIDAS CON OCASIÓN A LOS EFECTOS ADVERSOS EN LOS MERCADOS FINANCIEROS CAUSADOS POR LA PANDEMIA DEL COVID-19.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide Decreto “Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con operaciones de crédito público cuya celebración no comprenda la financiación de gastos de inversión.”
Fuente: Decreto 473 del 25 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
SE REALIZAN ADICIONES AL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió decreto “Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2020 y se efectúa la correspondiente liquidación.”
Fuente: Decreto 494 del 29 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
SE REALIZAN ADICIONES AL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió decreto “Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2020 y se efectúa la correspondiente liquidación.”
Fuente: Decreto 495 del 29 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/ESTATUTOTRIBUTARIO/DECRETOS/2020/DeMINHACIENDA00495_2020.pdf
SE ESTABLECEN MEDIDAS PARA EL FORTALECIMIENTO DEL FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide Decreto “Por el cual se establecen medidas para el fortalecimiento del Fondo Nacional de Garantías y se dictan disposiciones en materia de recursos, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020.”
Fuente: Decreto 492 del 28 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/2ABRIL/DeMINHACIENDA00492_2020.pdf
SE DICTAN MEDIDAS TEMPORALES SOBRE EL BALANCE DE LA RESERVA Y DEL PORTAFOLIO DEL SERVICIO SOCIAL COMPLEMENTARIO DEL MECANISMO DE BENEFICIOS ECONÓMICOS PERIÓDICOS BEPS
El Ministerio de Trabajo expidió decreto legislativo “Por el cual se implementa una medida temporal con el fin de proteger los derechos de los beneficiarios del Servicio Social Complementario, denominado Beneficios Económicos Periódicos BEPS, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 565 del 15 de abril de 2020 del Ministerio de Trabajo
5.TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
DISPOSICIONES SOBRE LOS SERVICIOS
DE TELECOMUNICACIONES DURANTE LA EMERGENCIA POR COVID-19
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones expide Decreto “Por el cual se disponen medidas con el fin de atender la situación de emergencia económica, social y ecológica de que trata el Decreto 417 de 2020.”
Fuente: Decreto 464 del 23 de marzo de 2020 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/25MARZO/DeMINTIC00464_2020.pdf
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA EL TRÁMITE DE SOLICITUDES DE INFRAESTRUCTURA
DE TELECOMUNICACIONES
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones expidió legislativo “Por el cual se adoptan medidas para ampliar el acceso a las telecomunicaciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 540 del 13 de abril de 2020 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/15ABRIL/DeMINTIC00540_2020.pdf
LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES SON DECLARADOS SERVICIOS PÚBLICOS ESENCIALES
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones expidió decreto legislativo “Por el cual se adoptan medidas con el fin de atender la situación de emergencia económica, social y ecológica de la que trata el Decreto 417 de 2020.”
Fuente: Decreto 555 del 15 de abril de 2020 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/16ABRIL/DeMINTIC00555_2020.pdf
CANALES OFICIALES DE REPORTE DE INFORMACIÓN DURANTE LAS EMERGENCIAS SANITARIAS
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones expide decreto “Por el cual se adiciona el título 18 a la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para establecer los canales oficiales de reporte de información durante las emergencias sanitarias.”
Fuente: Decreto 614 del 30 de abril de 2020 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MAYO/6MAYO/DeMINTIC00614_2020.pdf
LINEAMIENTOS GENERALES EN EL USO Y OPERACIÓN DE LOS SERVICIOS CIUDADANOS DIGITALES
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones expide Decreto “Por el cual se subroga el título 17 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, para reglamentarse parcialmente los artículos 53, 54, 60, 61 Y 64 de la Ley 1437 de 2011, los literales e, j y literal a del parágrafo 2 del artículo 45 de la Ley 1753 de 2015, el numeral 3 del artículo 147 de la Ley 1955 de 2019, y el artículo 9 del Decreto 2106 de 2019, estableciendo los lineamientos generales en el uso y operación de los servicios ciudadanos digitales”.
Fuente: Decreto 620 del 2 de mayo de 2020 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MAYO/5MAYO/DeMINTIC00620_2020.pdf
6.SERVICIOS PÚBLICOS Y DOMICILIARIOS
REGULACIONES TRANSITORIAS A CONCESIONES
DE AGUA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO ESENCIAL DE ACUEDUCTO
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expide Decreto
“Por el cual se adiciona el Decreto 1076 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la adopción de disposiciones transitorias en materia de concesiones de agua para la prestación del servicio público esencial de acueducto y se toman otras determinaciones en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional a causa de la Pandemia COVID-19.”
Fuente: Decreto 465 del 23 de marzo de 2020 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
DISPOSICIONES EN MATERIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO
El Presidente de la República expide Decreto “Por el cual se dictan disposiciones en materia de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo para hacer frente al Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 417 de 2020.”
Fuente: Decreto 441 del 20 de marzo de 2020 de la Presidencia de la República
PAGO DIFERIDO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Y GAS COMBUSTIBLE
El Ministerio de Minas y Energía expidió decreto legislativo “Por el cual se dictan disposiciones en materia de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 417 de 2020.”
Fuente: Decreto Legislativo 517 del 4 de abril de 2020 del Ministerio de Minas y Energía https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/7ABRIL/DeMINMINAS00517_2020.pdf
MEDIDAS DE RECONEXIÓN Y REINSTALACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios emitió circular mediante la cual se hacen algunas precisiones respecto de las medidas de reconexión y reinstalación de los servicios ordenadas por el Decreto 441 del 20 de marzo de 2020.
Fuente: Circular Externa 00144 del 6 de abril de 2020 de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
LAS PERSONAS PRESTADORAS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y/O ASEO, PODRÁN DIFERIR POR UN PLAZO
DE TREINTA Y SEIS (36) MESES PARA ESTRATOS 1 Y 2
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió decreto legislativo “Por el cual se dictan medidas para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 528 del 7 de abril de 2020 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
SE DISPONE CRÉDITO DIRECTO A EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICO DOMICILIARIOS.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió decreto legislativo
“Por el cual se adoptan medidas para autorizar una nueva operación a la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. – Findeter, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto 581 del 15 de abril de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/21ABRIL/DeLMINHACIENDA00581_2020.pdf
7.SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
OTORGAMIENTO DE FACULTADES AL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió decreto “Por el cual se dictan medidas tendientes a garantizar la prevención, diagnóstico y tratamiento del Covid-19 y se dictan otras disposiciones, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto 476 del 25 de marzo de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/ESTATUTOTRIBUTARIO/DECRETOS/2020/DeMINSALUD00476_2020.pdf
USO TRANSITORIO DE LOS RECURSOS INVERTIDOS QUE RESPALDAN RESERVAS TÉCNICAS DE LAS EPS
El Ministerio de Salud y Protección Social expide Decreto “Por el cual se adiciona el artículo 2.5.2.2.1.21 del Decreto 780 de 2016 en relación con el uso transitorio, por parte de las EPS, de los recursos que tengan invertidos en títulos de deuda pública interna, títulos de renta fija y depósitos a la vista, que forman parte de la reserva técnica.”
Fuente: Decreto 600 del 27 de abril de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/29ABRIL/DeMINSALUD00600_2020.pdf
CORRECCIÓN DE ERRORES FORMALES EN EL DECRETO 538 SOBRE MEDIDAS DEL SECTOR SALUD POR EMERGENCIA SANITARIA COVID-19
El Ministerio de Salud y Protección Social expide decreto “Por el cual se corrigen errores formales en el Decreto Legislativo 538 de 2020, “Por el cual se adoptan medidas en el sector salud, para contener y mitigar la pandemia de COVID-19 y garantizar la prestación de los servicios de salud, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto 607 del 29 de abril de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MAYO/4MAYO/DeMINSALUD00607_2020.pdf
ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS MÉDICOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA COVID-19 EN EL MERCADO INTERNACIONAL
El Ministerio de Salud y Protección Social expide Decreto “Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal para la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos y elementos de protección personal, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, atendiendo criterios de inmediatez como consecuencia de las turbulencias del mercado internacional de bienes para mitigar la pandemia Coronavirus Covid 19.”
Fuente: Decreto 499 del 31 de marzo de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/2ABRIL/DeMINSALUD00499_2020.pdf
SE FIJAN LOS CRITERIOS PARA LA ESTRUCTURACIÓN, OPERACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL SANEAMIENTO DEFINITIVO DE LAS CUENTAS POR CONCEPTO DE SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS EN SALUD NO FINANCIADOS CON CARGO A LA UNIDAD DE PAGO POR CAPITACIÓN.
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió decreto “Por el cual se establecen los criterios para la estructuración, operación y seguimiento del saneamiento definitivo de los recobros por concepto de servicios y tecnologías de salud no financiados con cargo a la UPC del régimen contributivo.”
Fuente: Decreto 521 del 6 de abril de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/13ABRIL/DeMINSALUD00521_2020.pdf
SE AUTORIZA TRANSITORIAMENTE LA PRESTACIÓN DE SALUD. PARA CONTENER Y MITIGAR LA PANDEMIA
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió decreto legislativo
“Por el cual se adoptan medidas en el sector salud, para contener y mitigar la pandemia de COVID-19 y garantizar la prestación de los servicios de salud, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 538 del 12 de abril de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/13ABRIL/DeLMINSALUD00538_2020.pdf
LINEAMIENTOS PARA EL USO DE PRUEBAS DIAGNÓSTICAS DE SARS-COV-2 (COVID-19) EN COLOMBIA
El Ministerio de Salud definió los criterios para el uso de las pruebas diagnósticas para COVID-19 en el marco de la Circular 19 del 2020 durante la emergencia sanitaria.
Fuente: Comunicado del 16 de abril de 2020 del Ministerio de Salud
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/21ABRIL/CompreMINSALUD1_2020.pdf
SE BRINDAN INSTRUCCIONES PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS OCUPACIONALES EN LA GESTIÓN
DE LAS ENTIDADES DEPARTAMENTALES Y DISTRITALES DE SALUD EN SU COMPETENCIA DE EXPEDICIÓN
DE LICENCIAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y A LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE SEGURIDAD
Y SALUD EN EL TRABAJO
El Ministerio de Salud elaboró una guía para la prevención de riesgos ocupacionales en la gestión de expedición de licencias de seguridad y salud en el trabajo y la gestión de los prestadores de servicios de seguridad y salud en el trabajo frente al COVID 19.
Fuente: Guía de prevención de riesgos ocupacionales de abril de 2020 del Ministerio de Salud
SE ADOPTA EL PROTOCOLO GENERAL DE BIOSEGURIDAD PARA TODAS LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, SOCIALES Y SECTORIALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió resolución “Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID – 19.”
Fuente: Resolución 00666 del 24 de abril de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/27ABRIL/ResMINSALUD00666_2020.pdf
8.CONTRATACIÓN ESTATAL
MEDIDAS DE URGENCIA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN ESTATAL
El Departamento Nacional de Planeación expidió Decreto “Por el cual se adoptan medidas de urgencia en materia de contratación estatal, con ocasión del estado de emergencia económica, social y ecológica derivada de la pandemia por COVID-19.”
Fuente: Decreto 440 del 20 de marzo de 2020 del Departamento Nacional de Planeación https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/27MARZO/DeDNP00440_2020.pdf
LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS QUE DEBAN REALIZARSE EN LOS PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN PODRÁN DESARROLLARSE A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS, GARANTIZANDO EL ACCESO A LOS PROPONENTES, ENTES DE CONTROL, YA CUALQUIER CIUDADANO INTERESADO EN PARTICIPAR
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió decreto “Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto 537 del 12 de abril de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20537%20DEL%2012%20DE%20ABRIL%20DE%202020.pdf
SE FIJAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ADQUISICIÓN EN EL MERCADO
INTERNACIONAL DE DISPOSITIVOS MÉDICOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
El Ministerio de Salud y protección Social expidió decreto “Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal para la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos y elementos de protección personal, atendiendo criterios de inmediatez como consecuencia de las turbulencias del mercado global de bienes para mitigar la pandemia Coronavirus COVID-19.”
Fuente: Decreto Legislativo 544 del 13 de abril de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/ESTATUTOTRIBUTARIO/DECRETOS/2020/DeLMINSALUD00544_2020.pdf
PREVENCIÓN DE RIESGOS QUE PUEDEN PRESENTARSE
EN PROCESOS DE CONTRATACIÓN EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR CAUSA DE LA PANDEMIA COVID19 Y MEDIDAS DE CONTROL
La Procuraduría General de la Nación estableció lineamientos a los representantes Legales y Ordenadores del Gasto de las entidades de los sectores central y descentralizado de la rama ejecutiva en el orden nacional y territorial, rama judicial, rama legislativa, organismos autónomos, organismos de control y organización electoral que contratan con cargo a recursos públicos a hacer uso eficiente de los mismos.
Fuente: Directiva No. 16 del 22 de abril de 2020 de la Procuraduría General de la Nación
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/24ABRIL/DirePGN00016_2020.pdf
9.DEFENSA NACIONAL
INSTRUCCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DEL ORDEN PÚBLICO EN VIRTUD
DE LA EMERGENCIA SANITARIA.
El Ministerio del Interior expide decreto “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público”.
Fuente: Decreto 636 del 6 de mayo de 2020 del Ministerio del Interior
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MAYO/8MAYO/DeMININTERIOR00636_2020.pdf
10.COMERCIAL
MODIFICACIÓN DE LOS PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y OTROS INFORMES DEL AÑO 2019.
(...) mediante el presente acto administrativo se modifican o precisan algunos de los plazos contenidos en la Circular Externa 201-000008 del 22 de noviembre de 2019 y sus posteriores modificaciones (Circulares Externas 100-000003 de 17 de marzo, 100-000007 del 8 de abril de 2020 y 100-000006 del 31 de marzo de 2020).
Fuente: Circular Externa 100-000008 del 24 de abril de 2020 de la Superintendencia de Sociedades
11.CIVIL
SUSPENSIÓN DE ACCIONES DE DESALOJO Y REAJUSTE AL CANON DE ARRENDAMIENTO
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió decreto legislativo “Por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de propiedad horizontal y contratos de arrendamiento, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 579 de 15 de abril de 2020 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
12.DERECHOS HUMANOS
MEDIDAS ADOPTADAS POR EL ESTADO COLOMBIANO DURANTE LA PANDEMIA DEL COVID 19 A LA LUZ DE LOS DERECHOS HUMANOS.
La Consejería Presidencial para los derechos humanos y asuntos internacionales realizó un análisis sobre las medidas tomadas por el Gobierno Nacional al amparo de las instrucciones dadas por la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas durante la pandemia del COVID 19.
Fuente: Análisis del 13 de abril de 2020 de la Consejería Presidencial para los Humanos y Asuntos Internacionales
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/21ABRIL/ComprePreRep2_2020.pdf
13. ENTIDADES TERRITORIALES
SE AUTORIZA TEMPORALMENTE A GOBERNADORES Y ALCALDES PARA LA REORDENACIÓN DE RENTAS Y REDUCCIÓN DE TARIFAS
DE IMPUESTOS TERRITORIALES
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide Decreto “Por medio del cual se autoriza temporalmente a los gobernadores y alcaldes para la reordenación de rentas y la reducción de tarifas de impuestos territoriales, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020.”
Fuente: Decreto 461 del 22 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/24MARZO/DeMINHACIENDA00461_2020.pdf
DISPOSICIONES PARA GARANTIZAR LOS PROGRAMAS DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR Y DE EDUCACIÓN PÚBLICA EN LAS ENTIDADES TERRITORIALES
El Ministerio de Educación Nacional expide Decreto “Por el cual se dictan medidas que brindan herramientas a las entidades territoriales para garantizar la ejecución del Programa de Alimentación Escolar y la prestación del servicio público de educación prescolar, básica y media, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto 470 del 24 de marzo de 2020 del Ministerio de Educación Nacional
PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA FINANCIADOS POR EL SISTEMA DE REGALÍAS QUE TIENEN POR OBJETO HACER FRENTE A LOS HECHOS QUE ORIGINARON
LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA O CONTRARRESTAR SUS EFECTOS
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide decreto legislativo “Por el cual se establecen medidas relacionadas con el ciclo de los proyectos de inversión pública susceptibles de ser financiados con recursos del Sistema General de Regalías, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 513 del 2 de abril de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
FACULTAD DE LOS GOBERNADORES Y ALCALDES EN MATERIA PRESUPUESTAL PARA ATENDER
LA EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide decreto legislativo
“Por el cual se autoriza temporalmente a los gobernadores y alcaldes para realizar movimientos presupuestales, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 512 del 2 de abril de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
MEDIDAS RELACIONADAS CON LA APROBACIÓN DE LOS PLANES DE DESARROLLO TERRITORIALES PARA EL PERÍODO CONSTITUCIONAL 2020-2023 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EMERGENCIA
El Ministerio del Interior expide decreto legislativo “Por el cual se adoptan medidas relacionadas con la aprobación de los Planes de Desarrollo Territoriales para el período constitucional 2020-2023, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 683 del 21 de mayo de 2020 del Ministerio del Interior
14.SANTIAGO DE CALI
El Concejo municipal de Santiago de Cali expide acuerdo “Por el cual se adiciona y modifica el acuerdo municipal no. 0469 de 2019 “Por el cual se modifica parcialmente el estatuto tributario de Santiago de Cali y se dictan otras disposiciones.”
Fuente: Acuerdo 473 del 12 de marzo de 2020 del Concejo de Santiago de Cali
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/19MARZO/AcSANTIAGODECALI00473_2020.PDF
SE MODIFICA EL CALENDARIO TRIBUTARIO ICA AÑO GRAVABLE 2019 VIGENCIA 2020, QUE HABÍA SIDO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN 006 DE 2020
La Subdirección de Impuestos y Rentas Municipales de Santiago de Cali expide Resolución “Por la cual se modifica la Resolución No. 4131.040.21.0006 de 2020, “Por medio de la cual se modificó el artículo primero de la Resolución 4131.040.21.004 de 2020, que estableció las fechas para la presentación y pago de la declaración anual del impuesto de industria y comercio, y su complementario de avisos y tableros por el año gravable 2019, vigencia scal 2020 y se establecen mecanismos de pago y una medida temporal para el pago del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros por el año gravable 2019”.
Fuente: Resolución 0045 del 20 Marzo de 2020 de La Subdirección de Impuestos y Rentas Municipales de Santiago de Cali
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/ESTATUTOTRIBUTARIO/RESOLUCIONES/2020/ResSANTIAGODECALI00045_2020.pdf
SE MODIFICA PARCIALMENTE EL ESTATUTO TRIBUTARIO DE CALI
SE AMPLÍA LA FECHA DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL CON DESCUENTO POR PRONTO PAGO VIGENCIA 2020
La Alcaldía de Santiago de Cali expide Decreto “Por el cual se amplía el plazo para el pago del Impuesto Predial con descuento por pronto pago vigencia 2020”.
Fuente: Decreto 0738 del 24 de Marzo de 2020 de La Alcaldía Municipal de Santiago de Cali
SE ESTABLECE LA AMPLIACIÓN DEL PORCENTAJE
DE DESCUENTO POR PRONTO PAGO PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO EN SANTIAGO DE CALI, VIGENCIA 2020.
La Alcaldía de Santiago de Cali expide Decreto “Por el cual se modifica el artículo primero del Decreto 4112.010.20.0738 de 2020, que modificó el artículo primero literal a) del Decreto 4112.010.20.0751 de 2019 “Por el cual se determinan los porcentajes de descuento por pronto pago para los contribuyentes del Impuesto Predial Unificado de Santiago de Cali para la vigencia fiscal 2020”.
Fuente: Decreto 0847 del 27 de Abril de 2020 de la Alcaldía de Santiago de Cali
15. OTRAS DISPOSICIONES
AUXILIOS PARA BENEFICIARIOS DE ICETEX.
El Ministerio de Educación Nacional expide Decreto “Por el cual se dictan medidas de urgencia en materia de auxilios para beneficiarios del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - ICETEX, dentro del estado de emergencia social, económica y ecológica.”
Fuente: Decreto 467 del 23 de marzo de 2020 del Ministerio de Educación Nacional
GARANTÍAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LAS COMISARÍAS DE FAMILIA DENTRO
DE LA EMERGENCIA POR COVID-19
El Ministerio de Justicia y del Derecho expide Decreto “Por el cual se dictan medidas para garantizar la prestación del servicio a cargo de las comisarías de familia, dentro del estado de emergencia social, económico y ecológico.”
Fuente: Decreto 460 del 22 de marzo de 2020 del Ministerio de Justicia y del Derecho https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/26MARZO/DeMINJUSTICIA00460_2020.pdf
CREACIÓN DEL FONDO DE MITIGACIÓN DE EMERGENCIAS – FOME
El Ministerio de Hacienda expide Decreto “Por el cual se crea el Fondo de Mitigación de Emergencias – FOME y se dictan disposiciones en materia de recursos dentro del estado de emergencia económica, social y ecológica.”
Fuente: Decreto 444 del 21 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MARZO/26MARZO/DeMINHACIENDA00444_2020.pdf
MEDIDAS PARA LOS HOGARES EN CONDICIÓN
DE POBREZA DURANTE LA EMERGENCIA POR COVID-19
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide Decreto “Por el cual se adoptan medidas para los hogares en condición de pobreza en todo el territorio nacional, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto 458 del 22 de marzo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
SE RESTRINGE EL USO DE HUELLEROS FÍSICOS
O ELECTRÓNICOS DE USO MASIVO PARA LA PREVENCIÓN DEL CONTAGIO DEL COVID-19
La Superintendencia de Industria y Comercio expide circular por la que “(...) ordena a todos los responsables y encargados de naturaleza pública o privada abstenerse de recolectar o tratar datos biométricos utilizando huelleros físicos, electrónicos o cualquier otro mecanismo que permita el contagio del coronavirus a través de contacto indirecto.”
Fuente: Circular Externa 002 del 24 de marzo de 2020 de la Superintendencia de Industria y Comercio
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/2ABRIL/CirExSUPERINDUSTRIA00002_2020.pdf
INCENTIVO ECONÓMICO PARA TRABAJADORES Y PRODUCTORES DEL CAMPO, Y MEDIDAS PARA GARANTIZAR EL ABASTECIMIENTO
DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS.
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expide Decreto “Por el cual se crea un incentivo económico para los trabajadores y productores del campo y se adoptan otras medidas para garantizar el permanente funcionamiento del sistema de abastecimiento de productos agropecuarios y seguridad alimentaria en todo el territorio nacional, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto 486 del 27 de marzo de 2020 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
POLÍTICA DE PRECIOS DE INSUMOS AGROPECUARIOS EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA POR COVID-19
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expide resolución
“Por medio de la cual se fija una política de precios de insumos agropecuarios en el marco de la emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 471 de 2020.”
Fuente: Resolución 00071 del 28 de marzo de 2020 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
SE CREA EL PROGRAMA INGRESO SOLIDARIO EN FAVOR DE LAS PERSONAS Y HOGARES EN SITUACIÓN
DE POBREZA Y VULNERABILIDAD
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el decreto legislativo “Por el cual se crea el Programa Ingreso Solidario para atender las necesidades de los hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad en todo el territorio nacional, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 518 del 4 de abril de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
LA IMPORTACIÓN DE ALCOHOL CARBURANTE TENDRÁ LUGAR ÚNICAMENTE PARA CUBRIR EL DÉFICIT EN LA OFERTA LOCAL
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió decreto “Por el cual se regula el exceso de inventarios de alcohol carburante para prevenir el colapso de la producción de azúcar en el marco de la emergencia económica, social y ecológica.”
Fuente: Decreto 527 del 7 de abril de 2020 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/13ABRIL/DeMINAGRICULTURA00527_2020.pdf
SE EXIME DE LA PRESENTACIÓN DEL EXAMEN DE ESTADO COMO REQUISITO PARA INGRESO A LOS PROGRAMAS DE PREGRADO DE EDUCACIÓN SUPERIOR.
El Ministerio de Educación Nacional expidió decreto “Por el cual se dictan medidas para el ingreso de estudiantes a los programas de pregrado en instituciones de educación superior, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 532 del 8 de abril de 2020 Ministerio de Educación Nacional https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/14ABRIL/DeMINEDUCACION00532_2020.pdf
EL GOBIERNO NACIONAL GARANTIZARÁ
LA ALIMENTACIÓN ESCOLAR A LOS NIÑOS, NIÑAS
Y ADOLESCENTES MATRICULADOS EN EL SECTOR OFICIAL
El Ministerio de Educación Nacional expidió Decreto Legislativo
“Por el cual se adoptan medidas para garantizar la ejecución del Programa de Alimentación Escolar y la prestación del servicio público de educación preescolar, básica y media, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 533 del 9 de abril de 2020 del Ministerio de Educación Nacional https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/14ABRIL/DeMINEDUCACION00533_2020.pdf
SE CREA EL FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES, LA SUBCUENTA DENOMINADA: SUBCUENTA PARA LA MITIGACIÓN DE EMERGENCIAS- COVID19.
El Ministerio de Hacienda y de Crédito Público expidió decreto legislativo “Por el cual se adoptan medidas para crear una Subcuenta para la Mitigación de Emergencias -Covid19- en el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se establecen las reglas para su administración, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto 559 del 15 de abril de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/17ABRIL/DeLMINHACIENDA00559_2020.pdf
DESTINACIÓN TRANSITORIA DE LOS RECURSOS DEL IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO CON DESTINO A CULTURA
El Ministerio de Cultura expidió decreto legislativo “Por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de cultura en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto 561 del 15 de abril de 2020 del Ministerio de Cultura
INVERSIÓN OBLIGATORIA EN TÍTULOS DE DEUDA PÚBLICA
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió decreto legislativo
“Por el cual se adoptan medidas para crear una inversión obligatoria temporal en títulos de deuda pública, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto 562 del 15 de abril de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/17ABRIL/DeLMINHACEINDA00562_2020.pdf
MEDIDAS DE RECONEXIÓN Y REINSTALACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios emitió circular mediante la cual se hacen algunas precisiones respecto de las medidas de reconexión y reinstalación de los servicios ordenadas por el Decreto 441 del 20 de marzo de 2020.
Fuente: Circular externa 20201000000144 del 6 de abril de 2020 de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
EL GOBIERNO NACIONAL GARANTIZARÁ LA ALIMENTACIÓN ESCOLAR A LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES MATRICULADOS EN EL SECTOR OFICIAL.
El Ministerio de Educación Nacional expidió decretó Legislativo
“Por el cual se adoptan medidas para garantizar la ejecución del Programa de Alimentación Escolar y la prestación del servicio público de educación preescolar, básica y media, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 533 del 9 de abril de 2020 del Ministerio de Educación Nacional https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/ABRIL/14ABRIL/DeMINEDUCACION00533_2020.pdf
FONDO SOLIDARIO PARA LA EDUCACIÓN Y MEDIDAS PARA MITIGAR LA DESERCIÓN EN EL SECTOR EDUCATIVO
El Ministerio de Educación expide decreto “Por el cual se crea el Fondo Solidario para la Educación y se adoptan medidas para mitigar la deserción en el sector educativo provocada por el Coronavirus COVID-19, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”
Fuente: Decreto Legislativo 622 del 14 de mayo de 2020 del Ministerio de Educación
CORRESPONDE A CADA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DECIDIR SI EN SU JURISDICCIÓN SE SUSPENDERÁN LOS TÉRMINOS DE LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS.
(...) lo que se quiere hacer ver es que corresponde a cada autoridad administrativa decidir si en su jurisdicción se suspenderán los términos de las actuaciones administrativas, y en caso de así decidirlo, deberá determinar, mediante acto administrativo motivado, si se aplica a todas o algunas de las actuaciones.
Fuente: Concepto 33265 de la Dirección de Apoyo Fiscal del 30 de abril de 2020
https://boletin-diario.icdt.co/wp-content/BOLETINDIARIO/2020/MAYO/28MAYO/ConDAF33265_2020.pdf
OFICINA JURIDICA CONTRALORIA VALLE DEL CAUCA.
Junio de 2020
Fecha de publicación 02/07/2020
Última modificación 02/07/2020